Acceso a la información

Canal ético


La empresa no se encuentra obligada a disponer de un canal de denuncia al no contar con personal exigido ni entrar en el ámbito de aplicación previsto en el artículo 10.1.b) de la Ley 2/2003, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informe sobre las infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Última actualización: 31/12/2023

Colaboradores, la unión hace la fuerza